Xylella fastidiosa es una bacteria Gram-negativa, aeróbica, y cuyo óptimo de crecimiento se sitúa entre los 26-28ºC. Es una bacteria que se encuentra en el xilema, y se multiplica dentro de los vasos llegando a taponarlos y a obstruir el flujo de savia bruta, lo que provoca síntomas que se corresponden con falta de agua o carencia de nutrientes.
Hay 3 subespecies principales de la bacteria X. fastidiosa: subsp. fastidiosa, subsp. pauca y subsp. multiplex. En Europa han aparecido recombinantes de estas subespecies, como en el caso de Italia que está presente un recombinante de la subespecie pauca denominada CoDiRO y en Córcega (Francia) que está presente una recombinación entre las subespecies multiplex-sandyi.
Asimismo, las subespecies pertenecen a tipos genéticos o en inglés ‘Sequence Type’ (ST), diferentes. Cada subespecie y ST concreto tiene una determinada gama de especies vegetales a las que pueden infectar y en las que causa enfermedad, produciendo síntomas en ellas que pueden ser similares o diferentes.
Es uno de los principales patógenos de cuarentena en la Unión Europea, por lo que está incluida en el Anexo II parte B del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072, así como en el Reglamento Delegado (UE) 2019/1702 que incluye el listado de plagas prioritarias.
Además, la bacteria Xylella fastidiosa está recogida en la lista A2 de la EPPO.
Los avances científicos recientes, los resultados de las auditorías realizadas por la Comisión en los Estados miembros afectados y la experiencia adquirida a raíz de la ejecución de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/789 han puesto de manifiesto la necesidad de actualizar las medidas contempladas en la mencionada Decisión publicándose el nuevo Reglamento 2020/1201 en agosto de 2020.
A. ESPECIES VEGETALES REGULADAS
En aras de clarificar y tener en cuenta los riesgos asociados a cada subespecie de la bacteria, se define:
• Vegetal hospedante refiriéndose a todas las especies o los géneros vegetales en los que se ha detectado la infección por la bacteria en todo el mundo;
• Vegetal especificado refiriéndose a los vegetales hospedantes en los que se ha detectado la infección por una subespecie determinada de la bacteria a nivel de la UE.
B. MEDIDAS DE CONTROL PARA EVITAR LA PROPAGACION POR LA UE
Zonas Demarcadas
Incluye la obligatoriedad que tiene cada Estado miembro de establecer una zona demarcada tras la confirmación oficial de la presencia de la Xylella fastidiosa. Cada zona demarcada está compuesta de una zona infectada + una zona tampón.
La zona infectada (a erradicar) tendrá un radio mínimo de 50 m alrededor del vegetal en el que se haya detectado la infección por Xylella fastidiosa y su anchura mínima será de 2,5 km si el objetivo establecido es la erradicación de la bacteria ó de 5 km, si el objetivo es la contención de la bacteria en una determinada zona del territorio, una vez que se ha determinado que no es factible la erradicación.
Además, se establece la posibilidad de acogerse a excepciones al establecimiento, o de reducción de la anchura de la zona demarcada, siempre que el estado miembro cumpla con los criterios establecidos en el Reglamento.
Las zonas demarcadas se podrán levantar una vez que se hayan cumplido 4 años sin detectar la plaga en base a las prospecciones realizadas.
Medidas de erradicación
Las medidas de erradicación establecidas en los artículos 7 a 11 del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1201 de la Comisión se aplican a cualquier brote de Xylella fastidiosa detectado en el territorio de la Unión, a excepción de las zonas infectadas en las que se autorizan medidas de contención (por ejemplo, al sur de Apulia, Córcega y Baleares).
Dentro de la zona infectada, se deben eliminar todas las plantas infectadas o sintomáticas. También se eliminarán las plantas que pertenezcan a la misma especie que la planta infectada u otras especies que se encuentren infectadas en la zona demarcada, independientemente de su estado sanitario. Además, también se eliminarán otras plantas especificadas reguladas que se sepa que son sensibles a esa subespecie específica de Xylella fastidiosa si no se han muestreado y analizado inmediatamente para detectar la presencia de Xylella. Todas las demás plantas hospedantes en la zona infectada de 50 m deben tomarse muestras y analizarse para detectar la presencia de la bacteria.
Para respetar la tradición y la historia de un lugar en particular, los Estados miembros tienen la posibilidad de decidir que las plantas específicas designadas oficialmente como plantas de valor histórico no necesitan ser eliminadas si no se encuentran infectadas, incluso si están ubicadas dentro del radio de 50 m alrededor de las plantas infectadas. Sin embargo, para prevenir su posible infección y propagación de Xylella fastidiosa, deben ser objeto de un estudio intensivo y someterlos a tratamientos de control de vectores.
Dentro de la zona tampón de 2,5 km, debe llevarse a cabo una vigilancia intensiva que consista en muestreo y análisis de plantas hospedantes.
Medidas de contención
Las zonas donde aplicar estas medidas deben ser aprobadas por la Comisión. Actualmente son aplicables al sur de Apulia (Italia), Córcega (Francia) y Baleares (España), ya que la bacteria ya está ampliamente establecida en esas áreas y la erradicación no sería factible.
Dentro de la zona infectada, se aplican medidas menos estrictas que en erradicación, que consisten en una vigilancia intensiva y la eliminación inmediata de, al menos las plantas infectadas. Estas medidas deben implementarse, cuando corresponda, al menos dentro de la última franja de 5 km de la zona infectada (denominada zona de especial vigilancia) adyacente a la zona tampón, así como alrededor de sitios de alto valor cultural y social.
Dentro de la zona tampón de 5 km, se aplican las mismas disposiciones que las presentadas en las medidas de erradicación. En Baleares, no se aplican ya que las zonas infectadas están rodeadas por el mar y no existen zonas tampón.
Plantación de plantas específicas en la zona infectada.
Se permite en los siguientes casos:
• Si los vegetales especificados se cultivan en sitios de producción a prueba de insectos libres de la plaga especificada y de sus vectores.
• En las zonas en contención (en España la CA de Islas Baleares), si esos vegetales especificados pertenecen a variedades consideradas resistentes o tolerantes a la plaga especificada y han sido plantados en las zonas infectadas pero fuera de las zonas de especial vigilancia de como mínimo 5 km desde la frontera de la zona infectada con la zona tampón.
• En las zonas infectadas con estrategia de erradicación, si esos vegetales especificados pertenecen a una especie libre de la plaga especificada según las prospecciones y análisis realizados en dicha zona demarcada en al menos 2 años.
Movimiento de plantas dentro y fuera de las áreas demarcadas
Se aplican requisitos estrictos para el movimiento de plantas específicas fuera de zonas demarcadas y de zonas infectadas a zonas tampón.
Ese movimiento solo está permitido si cumplen ciertas condiciones (por ejemplo, se cultivan en condiciones protegidas, se toman muestras y se analizan antes del movimiento, con requisitos de trazabilidad establecidos).
Se aplican excepciones específicas a determinadas plantas que no se encuentran infectadas en zonas demarcadas como parte de la campaña de seguimiento anual.
C. MEDIDAS DE CONTROL PARA PREVENIR LA INTRODUCCIÓN A LA UNIÓN
Las mismas condiciones requeridas para los Estados miembros de la UE también se aplican a los vegetales hospedantes importados de terceros países. Todos los vegetales hospedantes deben portar un certificado fitosanitario a la entrada de la UE.
Más específicamente, la importación de vegetales hospedantes de terceros países infectados solo es posible si esos vegetales se cultivan en condiciones protegidas y, antes de su exportación y al entrar en la UE, se inspeccionan, se toman muestras y se analizan para detectar la ausencia de la bacteria.
La importación desde países libres de plagas o áreas libres de plagas solo es posible si la Comisión ha sido informada oficialmente sobre el estado de la bacteria de estas áreas (ver lista de declaraciones oficiales presentadas por países no pertenecientes a la UE).
A nivel nacional en 2015 se aprobó en el seno del Comité Fitosanitario Nacional el Plan Nacional de Contingencia que ha sido modificado a la luz de los avances científicos para estar en línea con lo dispuesto en la legislación de la UE. En la actualidad una nueva versión del Plan de Nacional de Contingencia se encuentra en elaboración, ya que se ha de adecuar a las disposiciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1201 de la Comisión de 14 de agosto de 2020 sobre medidas para evitar la introducción y la propagación dentro de la Unión de Xylella fastidiosa (Wells et al.), antes del 31 de diciembre de 2020.
Xylella fastidiosa esta descrita en más de 595 especies de vegetales y es responsable de varias enfermedades con efectos graves en numerosas especies de interés agrícola: la clorosis variegada de los cítricos, la enfermedad de Pierce de la vid, el “phony peach” del melocotonero, el escaldado del ciruelo, el quemado de hojas en otras leñosas y el enanismo de la alfalfa, se deben a la presencia de esta bacteria en el xilema de las especies mencionadas. Además, existen otras especies de árboles, arbustos y plantas ornamentales y silvestres que pueden hospedar la bacteria sin mostrar síntomas, sirviendo de fuente de inóculo para la infección de otros cultivos.
Se recuerda que todos los comerciantes tanto de plantas hospedadoras como de vegetales especificados a Xylella fastidiosa, que requieran pasaporte se deben registrar en el ROPVEG a través del Servicio de Sanidad Vegetal de la Comunidad Autónoma en la que se encuentren.
En el siguiente documento se detallan las instrucciones comercialización planta sensible Xylella fastidiosa.
Los síntomas varían mucho de unos hospedantes a otros, pero en general están asociados al estrés hídrico en mayor o menor grado: marchitez, decaimiento generalizado (adelfa), y en casos más agudos, seca de hojas y ramas, e incluso muerte de la planta (olivo, almendro, roble, olmo, etc).
En almendro, los síntomas son el quemado de hojas y brotes y la marchitez generalizada del árbol, acompañada de una reducción en la producción de la almendra. El fruto permanece en el árbol. Los síntomas se pueden confundir con el estrés hídrico producido por la sequía.
Fuente: Generalitat Valenciana
Fuente: Generalitat Valenciana
En olivo los síntomas observados son el marchitamiento y decaimiento generalizado (síntomas asociados al estrés hídrico), seca de hojas que comienza por el borde apical, y de ramas, acompañada de defoliación, pudiendo llegar a la muerte del árbol. En hojas se observan síntomas con áreas secas y marrones con distribución irregular en las hojas y abarquillamiento de las hojas hacia el envés. En otros casos estas secas se encuentran solo en el extremo apical de la hoja. Cabe destacar otro síntoma observado en algunas muestras positivas, consistente en una muy acusada clorosis del nervio central de las hojas unida a una seca o necrosis del ápice.
Fuente: EPPO
Fuente: EPPO
X. fastidiosa se transmite de forma natural de unas plantas a otras con la ayuda de insectos vectores, principalmente cicadélidos, cercópidos y cigarras, englobados dentro de los hemípteros que se alimentan del xilema.
Los vectores, actúan como transmisores de la enfermedad a corta distancia (su capacidad de vuelo está en torno a los 100 m, aunque se pueden desplazar grandes distancias ayudados por el viento), y la principal vía de propagación de la bacteria a largas distancias es el comercio de plantas contaminadas.
Los vectores detectados en Europa como transmisores de la enfermedad son Neophilaenus campestris y Philaneus spumarius (Aphrophoridade). La transmisión de la bacteria se realiza de forma persistente (necesita un tiempo de exposición a la bacteria para poder adquirir la bacteria y persistir en el vector), y no requiere un período de latencia (transmite la enfermedad inmediatamente). La bacteria se transmite por la alimentación de las ninfas y los adultos de plantas infectadas, y si luego lo hacen de plantas sanas. La bacteria no se transmite a los huevos y tampoco persiste en los estadios ninfales después de la muda
Fuente: Russell F. Mizell, Peter C. Andersen, Christopher Tipping, Brent Brodbeck (University of Florida).
El área de distribución principal de X. fastidiosa se sitúa en el continente americano, abarcando un amplio rango de latitudes, desde Canadá hasta Argentina.
Fuera del continente americano, la presencia de la bacteria se ha confirmado en Taiwán, Irán e Israel, así como en diversos países de la Unión Europea.
ESPAÑA
En junio de 2015, se aprobó el Plan de Contingencia Español, diseñado por el MAPA, asesorado por expertos y en colaboración con las Comunidades Autónomas, cumpliendo con lo dispuesto en el Artículo 3 bis de la Decisión Comunitaria al respecto vigente en ese momento. Dicho Plan tiene como principal objetivo evitar la introducción y la propagación de la bacteria en nuestro país. Incluye un Protocolo Nacional de Prospecciones para la detección precoz, y un Programa de Erradicación que recoge las medidas que deben adoptarse en caso de detectar brotes. Dicho Plan es actualizado y aprobado por parte del Comité Fitosanitario Nacional conforme va siendo necesario.
Sobre la base del Protocolo Nacional de Prospecciones, han continuado las prospecciones en todo el territorio nacional, lo que ha permitido la detección de Xylella fastidiosa en Baleares, Alicante, Madrid y Andalucía.
Islas Baleares
La primera detección de Xylella fastidiosa en Islas Baleares, se notificó en noviembre de 2016. Actualmente está presente en todas las islas excepto en Formentera, con más de 1.200 muestras positivas, 3 subespecies de la bacteria (multiplex, fastidiosa y pauca) y 4 tipos de secuenciación genética ST de la bacteria (multiplex: ST81, ST7; fastidiosa ST1 y pauca ST 80), que han afectado a más de 30 especies vegetales.
El 20 de enero del 2017 se publicó la Orden APM/21/2017, por la que se establecen medidas específicas de prevención en relación con la bacteria Xylella fastidiosa, adoptando la medida cautelar de prohibir la salida de las Islas Baleares de todos los vegetales para plantación, excepto semillas, de las especies cuya sensibilidad a las cepas europeas y no europeas de Xylella fastidiosa es conocida, en tanto se completen las investigaciones para conocer la presencia real de la bacteria en el territorio de las Islas Baleares.
Dada la presencia en la Isla de Ibiza de la subespecie de la bacteria pauca, que sí afecta al olivo, las autoridades regionales han prohibido los movimientos de especies susceptibles desde la isla de Ibiza, para impedir con ello la propagación de esa cepa, no solo fuera de las islas, sino también entre islas.
Actualmente se está aplicando la estrategia de contención basada en la eliminación de los positivos y una vigilancia intensiva del organismo nocivo en todo el territorio balear.
Alicante
La primera detección de Xylella fastidiosa en Comunidad Valenciana, sobre 12 almendros de una parcela de El Castell de Guadalest (Alicante), se notificó en junio de 2017. Desde ese momento se intensificaron las prospecciones en la zona y como resultado de ello se han comunicado 15 actualizaciones del brote inicial, lo que ha supuesto una redefinición de la zona demarcada cuando ha sido necesario.
Actualmente la superficie de la Zona Demarcada cubre 135.305 ha, de las cuales, 1.260 ha pertenecen a la provincia de Valencia (en los municipios: Oliva y Villalonga) y el resto a la provincia de Alicante. Se está aplicando una estrategia de erradicación en la Zona Infectada que cubre 2.630 ha.
A día de hoy, existe un total de 4.611 positivos de Xylella fastidiosa en Comunidad Valenciana, siendo en su mayoría almendros. Además se han detectado 501 Philaenus spumarius y 50 Neophilaenus campestris con presencia de la bacteria.
Madrid
Como consecuencia de las prospecciones oficiales anuales para la detección de la bacteria Xylella fastidiosa realizadas de acuerdo a la Decisión de Ejecución (UE) 2015/789, el 11 de abril de 2018, se notificó un positivo en un único olivo en el municipio de Villarejo de Salvanés. La subespecie identificada es Xylella fastidiosa subsp. multiplex ST6.
Se está aplicando la estrategia de erradicación. Los resultados de los muestreos realizados no han arrojado nuevos positivos a la bacteria.
Almería
La detección se produjo como consecuencia de los controles que se deben hacer en los viveros previos a autorizar la circulación de material de alto riesgo en cumplimiento de la Decisión (UE) 2015/789. En abril de 2018, se notificó la detección de Xylella fastidiosa en 3 plantas de Polygala myrtifolia de un vivero dedicado al cultivo de plantas ornamentales en el municipio de El Ejido en Almería, con protección física frente a vectores.
En este caso, y conforme a la legislación vigente, no se estableció zona demarcada aplicándose las medidas de erradicación pertinentes para evitar que la bacteria se propagase más allá del invernadero afectado así como la intensificación de la vigilancia en la zona. Dado que durante el trabajo de prospecciones llevado a cabo en los dos años siguientes no se detectó la presencia de Xylella fastidiosa, en aplicación del artículo 4.7 de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/789, se concluyó que no se había producido dispersión alguna de la bacteria en la zona y que, al haberse destruido el material vegetal sobre el que se había detectado la presencia del patógeno, se había logrado la erradicación del brote.
En materia de prevención se deben llevar a cabo buenas prácticas agrarias sobre la fertilización, el riego, la poda y gestión de restos de poda, así como sobre los vectores.
Es fundamental comunicar inmediatamente a las autoridades competentes de su Comunidad Autónoma en materia de Sanidad Vegetal, cualquier sospecha de presencia de la bacteria.